HISTORIA DEL CARLISMO
“Lo que el Rey con las Cortes ha acordado y promulgado, sólo puede ser derogado por las Cortes con el Rey”. Esta es la verdadera doctrina tradicionalista española y no la de los que sostienen que lo que un rey hizo otro lo puede deshacer. Esto es cesarismo puro; y en la Monarquía tradicional española tal cosa nunca pudo germinar.
No procede, pues, enfocar la legitimidad o ilegitimidad de las pretensiones de Don Carlos al trono de España, basándose en preferencias ideológicas, sino en razones de índole puramente legal, pues la legitimidad no puede sostenerse contra la ley, y la ley que promulgó Felipe V nunca fué derogada legalmente.
La historia resalta con toda claridad que tanto el Rey como la Reina sabían que el derecho estaba de parte del Infante Don Carlos. Hasta la Infanta Doña Eulalia, hermana de Alfonso XII e hija, por tanto, de Isabel II, en sus Memorias reconoce que a Don Carlos V se le privó de sus derechos al trono.
El avisado lector tendrá presente otro título de nuestro catálogo, Fernando VII y la masonería, para no dudar de cómo la astucia infernal se impuso al derecho cristiano, esclavizando la mayoría de la nación por un régimen que ésta repugnaba. He aquí el trasfondo oculto del Carlismo que la obra de Oyarzun hace revivir con fino discernimiento de espíritus.